A día de hoy, seguimos sin contar con una nueva actualización oficial del Ministerio de Justicia posterior a las últimas estadísticas publicadas por el Ministerio de Justicia a 31 de diciembre de 2025. Y eso, lejos de ser un detalle menor, es precisamente parte del problema porque el último dato oficial disponible no permite sostener que la vía ordinaria se haya reactivado ni que los expedientes pendientes de nacionalidad española por Ley Sefardí (Ley 12/2015) vayan a resolverse pronto.
Según las últimas estadísticas oficiales, había 89.047 expedientes recibidos, 80.425 resueltos y 8.622 pendientes. Sin embargo, lo más relevante no es solo la cifra total, sino el escaso movimiento del último trimestre del año: las concesiones apenas aumentaron en 1, las denegaciones crecieron en 48 y los expedientes pendientes solo disminuyeron en 12. En conclusión, el sistema no mostró al final de 2025 una reactivación real de la vía ordinaria (Ministerio). Sin embargo, en los Juzgados hubo muchas concesiones, que no se reflejan en las estadísticas del Ministerio, y lo decimos basados solamente en las cifras de nuestra firma.
Por eso, hoy no sería responsable trasladar a los clientes la idea de que sus expedientes pendientes van a resolverse en breve solo por seguir en trámite. Es decir, que un procedimiento continúa “En tramitación/Sin evaluar” no significa que esté perdido, pero tampoco permite concluir que existe una resolución próxima. Al contrario, con los datos oficiales actualmente disponibles, lo más prudente es asumir que los expedientes que no acceden a intervención judicial podrían seguir sin resolverse a corto plazo, sin que además podamos estimar con rigor cuándo podría cambiar esa situación.
A todo ello, en PRO CORP sumamos nuestra propia experiencia profesional. En el despacho no hemos recibido resoluciones favorables por la vía ordinaria desde febrero de 2025. Este dato no sustituye la estadística oficial del Ministerio, pero sí coincide con ella en algo esencial: el estancamiento no es solo una impresión externa, sino una realidad que también se percibe en la práctica diaria de seguimiento de expedientes.
En este contexto, la cuestión ya no es esperar indefinidamente a que “algo se mueva”, sino valorar cada caso basado en la realidad práctica. No todos los procedimientos deben acudir automáticamente a la vía judicial, porque cada expediente exige un análisis individual. Pero lo que sí parece claro a día de hoy es que, cuando la vía ordinaria no muestra señales de avance, la intervención judicial deja de ser una posibilidad remota y pasa a convertirse, en muchos supuestos, en una alternativa que debe estudiarse seriamente.
En PRO CORP preferimos ser claros con nuestros clientes. A fecha de hoy no existen datos oficiales nuevos que permitan hablar de una mejora real en 2026, y el último corte disponible sigue reflejando una actividad ordinaria mínima. Por ello, en los expedientes que continúan pendientes, no podemos asegurar una resolución próxima ni tampoco fijar un plazo estimado para ella. Lo responsable, ahora más que nunca, es analizar cada caso desde una perspectiva jurídica realista y decidir la estrategia adecuada sin generar expectativas que hoy no pueden sostenerse.
Al final, cuando la realidad administrativa no ofrece certezas, la mejor forma de proteger los derechos del interesado sigue siendo la misma: información clara, análisis riguroso y una estrategia legal construida sobre la realidad y no sobre la esperanza. De cualquier manera, en PRO CORP seguiremos manteniendo informados a todos nuestros clientes sobre cualquier novedad relacionada a los cambios en el proceso por Ley Sefardí.
Fecha de publicación: Jueves 29 de enero de 2026
Andrea Celis
Fuentes consultadas
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, (Estadísticas: Datos básicos), portal oficial de nacionalidad.
- Ministerio de Justicia, (Estadísticas básicas de nacionalidad a 31/12/2025).
- Ministerio de Justicia, (Estadísticas básicas de nacionalidad a 30/09/2025).
- BOE, Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero (texto legal y régimen de entrada en vigor).
- ICAM, Implantación de Tribunales de Instancia en Madrid (Fase III), 31/12/2025 (comunicación colegial sobre fecha de implantación en Madrid).





