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Ley de Nietos y Ley Sefardí: ¿por qué se reclama el derecho al voto mientras miles de solicitudes de nacionalidad siguen esperando una respuesta?

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Ley de Nietos y Ley Sefardí: ¿por qué se reclama el derecho al voto mientras miles de solicitudes de nacionalidad siguen esperando una respuesta?
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Mientras el Gobierno de Pedro Sánchez pide que se permita votar a determinados nacionalizados por la Ley de Nietos, miles de solicitantes de nacionalidad por la Ley Sefardí siguen esperando una resolución. ¿Qué diferencia estas dos situaciones y qué puedes hacer si tu expediente continúa paralizado?

Dos leyes, dos situaciones:

La conocida como Ley de Nietos (Ley 20/2022) permite que determinados descendientes de españoles, incluidos algunos vinculados al exilio durante la Guerra Civil y la dictadura, puedan optar a la nacionalidad española.

En octubre de 2026, el Gobierno defendió que se levantara la suspensión cautelar del voto de determinados ciudadanos nacionalizados por esta vía. Sin embargo, el Tribunal Supremo decidió mantenerla para las elecciones del 29 de noviembre.

Esta controversia ha abierto un debate político y jurídico sobre el derecho al voto y las decisiones que afectan a los ciudadanos españoles residentes en el extranjero.

Mientras tanto, quienes solicitaron la nacionalidad por la Ley Sefardí (Ley 12/2015) se enfrentan a otra realidad: muchos continúan esperando una resolución de sus expedientes, incluso después de años de tramitación.

No son situaciones jurídicamente equivalentes, pero ambas ponen sobre la mesa una cuestión importante: ¿qué pueden hacer los ciudadanos cuando sus derechos o sus solicitudes se ven afectados por decisiones institucionales o por demoras administrativas?

Ley Sefardí: esperar no garantiza una respuesta

La Ley 12/2015 estableció un plazo máximo de doce meses para resolver las solicitudes, bajo las condiciones previstas en la propia norma. Sin embargo, numerosos expedientes siguen apareciendo como: “En tramitación” o “Sin evaluar”.

Que tu expediente siga pendiente no significa que vaya a ser denegado, pero tampoco garantiza que vaya a resolverse favorablemente si continúas esperando.

Por eso, cuando existe una demora prolongada, conviene valorar las alternativas jurídicas disponibles.

¿Qué puedes hacer para impulsar tu expediente?

En los casos en que resulte procedente, el recurso de alzada por silencio administrativo puede ser un primer paso para reclamar una respuesta. Posteriormente, si se cumplen los requisitos legales, puede valorarse acudir a la vía judicial.

La pregunta es sencilla: ¿prefieres continuar esperando sin iniciar ninguna actuación o valorar las vías legales disponibles para reclamar una respuesta? No podemos decidir cuándo resolverá la Administración, pero sí podemos estudiar qué actuaciones corresponden a tu expediente.

Si tu solicitud sigue pendiente, contacta con nosotros y valoremos juntos los siguientes pasos.

Fuentes:

- Ley 12/2015.

- Ley 20/2022, de Memoria Democrática.

- RTVE, 8 de octubre de 2026: la Abogacía del Estado pide levantar la suspensión del voto.

- RTVE, 12 de octubre de 2026: el Supremo mantiene la suspensión del voto.

- Estadísticas oficiales del Ministerio de Justicia sobre nacionalidad, 31 de marzo de 2026.

- Calderón, Humberto. El Supremo suspende el voto el 29-N a los nacionalizados por la Ley de Nietos. Pro Corp, 13 de octubre de 2026.

Artículo informativo actualizado a 14 de octubre de 2026. Cada expediente requiere un análisis individualizado. La presentación de recursos o demandas no garantiza un resultado favorable.