Nos permitimos informar que el gobierno español ha decidido tramitar autorizaciones para viajar a España en tiempos de restricciones gubernamentales con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Este permiso será expedido a los solicitantes de la nacionalidad española por Ley Sefardí para, así, cumplir con su cita ante el Notario español y poder firmar su acta de notoriedad.
Esto significa que el interesado que actualmente se encuentra finalizando el trámite por la Ley 12/2015 de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, podrá solicitar ante el Consulado de España en Colombia un documento que autoriza el viaje desde Colombia al territorio español.
Este documento es válido por una sola vez y será entregado únicamente* a la persona citada por el Notario para comparecer ante su despacho en España y así poder dar cumplimiento a esta etapa del trámite de la Ley.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN**:
- Itinerario de viaje (puede haber máximo 7 días calendario entre la entrada y salida de España).
- Primera página del pasaporte (página con los datos del solicitante).
- Documento que PRO CORP les enviará a sus clientes con la confirmación de la cita dada por el Notario.
*La autorización ante el Consulado de España debe ser solicitada únicamente por el interesado escribiendo al correo cog.bogota.vis@maec.es donde se incluya la documentación que antecede.
**Los requisitos anteriormente mencionados están sujetos a posibles cambios por parte del Consulado de España.
Por otra parte, es muy importante considerar las medidas sanitarias para ingresar a España. Dicho país adelanta un seguimiento riguroso con todos los viajeros para un control oportuno del COVID-19. A continuación invitamos a consultar la información oficial suministrada por el Consulado de España en Bogotá ya que es indispensable que se tenga en cuenta antes de viajar:
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