España vs. Portugal: todo sobre las residencias para rentistas

Publicado el 9 de junio de 2025 • Tiempo de lectura: 7 minutos

En los últimos años, tanto el visado D7 de Portugal como la residencia no lucrativa de España se han consolidado como dos de las opciones más atractivas para personas extranjeras que desean establecerse en Europa sin necesidad de trabajar en el país de destino. Ambos mecanismos están diseñados para personas con ingresos estables desde el extranjero, como jubilados, rentistas, nómadas digitales con ingresos pasivos o personas con inversiones.

Aunque a primera vista parecen similares, existen diferencias relevantes que pueden influir en la decisión final de un solicitante. En este artículo, analizamos de forma comparativa sus requisitos, ventajas, limitaciones y utilidad práctica, especialmente desde el punto de vista de los migrantes latinoamericanos.

Naturaleza jurídica de ambos permisos

El visado D7 portugués es un visado de residencia destinado a ciudadanos extracomunitarios que cuenten con ingresos pasivos o estables, como pensiones, rentas de alquiler, dividendos, propiedad intelectual o intereses financieros. Se tramita inicialmente en el consulado portugués en el país de origen y permite residir en Portugal con todos los derechos, salvo los laborales (aunque una vez en Portugal puede autorizarse el trabajo).

La residencia no lucrativa en España tiene un enfoque similar: se trata de una autorización de residencia temporal que exige demostrar medios económicos suficientes para vivir sin necesidad de trabajar en el país. También se solicita desde el consulado correspondiente y exige que el interesado resida efectivamente en España durante al menos seis meses por año.

Requisitos económicos

Uno de los aspectos más importantes al comparar ambos permisos es el umbral de ingresos exigido. En Portugal, se exige un ingreso mínimo equivalente al salario mínimo nacional portugués (aproximadamente 820 € mensuales en 2025), lo que lo convierte en un permiso relativamente accesible. Por cada miembro adicional de la familia, se exige el 50 % o el 30 % adicional, dependiendo del grado de parentesco.

En España, el requisito económico es más elevado. Para 2025, se exige disponer del 400 % del IPREM anual, lo que equivale a aproximadamente 28.800 € por año para el titular, más el 100 % del IPREM por cada miembro adicional. Esto puede representar una barrera de entrada para solicitantes con ingresos limitados o en monedas devaluadas.

Tiempo de tramitación y facilidad del procedimiento

El visado D7 portugués ha ganado popularidad por ser ágil y menos burocrático. El proceso en el consulado es generalmente rápido (2 a 3 meses) y la documentación es sencilla. En cambio, la residencia no lucrativa española suele requerir una documentación más extensa, legalizada y traducida, lo que prolonga los tiempos de tramitación.

Además, algunos consulados españoles son más exigentes en cuanto a demostrar la disponibilidad y estabilidad de los fondos, requiriendo certificados bancarios con antigüedad, estados de cuenta completos y una justificación clara del origen lícito de los ingresos.

Requisitos de residencia efectiva

En ambos casos, se exige vivir efectivamente en el país. No obstante, España aplica una vigilancia más estricta, ya que si el extranjero permanece más de seis meses fuera del país durante un año, puede perder la autorización. En Portugal, aunque también se exige residencia efectiva, la aplicación suele ser más flexible, especialmente en renovaciones.

Posibilidad de trabajar o emprender

El visado D7 permite, una vez obtenida la residencia en Portugal, solicitar autorización para trabajar o emprender. Esto le da una gran ventaja práctica frente al modelo español.

La residencia no lucrativa en España prohíbe explícitamente cualquier actividad laboral o profesional, incluso si se realiza online o para terceros fuera de España. Si el titular desea cambiar a un permiso con derecho a trabajar, debe esperar un año y solicitar una modificación de la situación administrativa.

Acceso a la nacionalidad

Portugal permite solicitar la nacionalidad tras cinco años de residencia legal, independientemente del país de origen. España, sin embargo, exige diez años de residencia, salvo para los ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y personas sefardíes, que pueden solicitarla tras dos años de residencia legal y continuada.

Esto significa que para un latinoamericano, el plazo de nacionalidad es más corto en España, lo que puede ser un factor determinante si el objetivo a medio plazo es obtener un pasaporte europeo.

Ventajas adicionales del modelo portugués

Portugal ha trabajado activamente en posicionarse como destino migratorio atractivo. El visado D7 ofrece acceso rápido al sistema sanitario, educación pública, apertura de cuentas bancarias, arrendamiento de viviendas e incluso posibilidad de solicitar la exención fiscal parcial a través del régimen NHR (residente no habitual).

En contraste, el modelo español es más rígido. A menudo requiere gestiones adicionales para acceder a servicios públicos, y los beneficios fiscales son más limitados.

¿Cuál es la mejor opción?

La elección entre el visado D7 portugués y la residencia no lucrativa española dependerá del perfil y los objetivos personales del solicitante. Aquellas personas con ingresos más limitados —como pensionistas o rentistas que no alcanzan los umbrales económicos exigidos en España— encontrarán en Portugal una vía más accesible y menos restrictiva. El modelo portugués permite establecerse con una carga documental moderada y abre la puerta a trabajar o emprender tras la concesión inicial.

Por otro lado, los ciudadanos iberoamericanos que tienen como objetivo obtener la nacionalidad europea suelen decantarse por España, ya que este país permite solicitarla a los dos años de residencia legal, un plazo considerablemente más corto que los cinco años exigidos en Portugal.

Asimismo, quienes planean ejercer actividades económicas desde el inicio —especialmente de forma remota o como autónomos— pueden beneficiarse de la mayor flexibilidad del régimen portugués. Sin embargo, para quienes buscan una estructura legal más estable, con criterios estrictos pero claros, y una eventual integración en el sistema jurídico español, la residencia no lucrativa sigue siendo una opción muy válida, siempre que se cumplan los requisitos económicos exigidos.

Ambos caminos son sólidos, legales y efectivos, pero elegir correctamente desde el principio puede evitar trámites innecesarios y acelerar el cumplimiento de tus metas personales o familiares.

¿Necesitas asesoría para tu inversión inmobiliaria?

En Pro Corp te acompañamos en todo el proceso, desde la obtención del NIE hasta la firma notarial y la optimización fiscal.

Solicitar Información
Foto de Javier Jaramillo

Humberto Calderón

Abogado en Extranjería e Inmigración

📧 humberto.calderon@pro-corp.net | 🌐 www.pro-corp.net

© 2025 Pro Corp. Todos los derechos reservados.
error: Content is protected !!